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Ley De Ajuste Cubano

Ley De Ajuste Cubano

La Ley de Ajuste Cubano (“CAA”) se promulgó en 1966 para proporcionar una vía de acceso a la condición de residente legal permanente a los nacionales cubanos y a sus cónyuges e hijos mediante el ajuste de su estatus. Para tener derecho al ajuste de la condición jurídica con arreglo a la CAA, el solicitante principal debe ser un nativo o ciudadano de Cuba que haya sido inspeccionado, admitido o puesto en libertad condicional en los Estados Unidos y que haya estado presente en los Estados Unidos por lo menos un año y un día. El solicitante debe ser admisible de otra manera en los Estados Unidos para el estatus de LPR. A partir del 17 de noviembre de 2017, el USCIS requiere que, para probar la nacionalidad o ciudadanía cubana, el solicitante debe presentar un certificado consular que documente el nacimiento cubano que debe haber sido registrado formalmente en Cuba con el Ministerio de Justicia cubano.

 

Además, en 2017, el gobierno de los Estados Unidos puso fin a la política de Pies Mojados/Secos. Este cambio significa que ahora los cubanos deben ser admitidos o puestos en libertad condicional en los Estados Unidos. Ya no se permite a los cubanos entrar en los Estados Unidos sin inspección, admisión o libertad condicional, y aun así beneficiarse de la CAA. Para beneficiarse de la CAA todos los cubanos deben entrar en los Estados Unidos con una visa o deben ser puestos en libertad condicional en un puerto de entrada.

 

Nuestra oficina tiene experiencia en la CAA y sus directrices. Podemos ayudarle a determinar si puede ajustar su estatus bajo la CAA.

Cuban-Adjustment Act​

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